El Tribunal Supremo sentencia que la adaptación del puesto de trabajo por riesgo durante el embarazo o lactancia no puede llevar a perjuicio económico

    Aunque la Ley de Igualdad, 3/2007, declara que todo trato desfavorable hacia las mujeres relacionado con la maternidad constituye una discriminación directa por razón de sexo, y prevé el derecho a la indemnización por esta causa, así como la Constitución Española prohíbe la discriminación por razón de sexo, vemos cómo todavía son muchas las discriminaciones y perjuicios que sufren las mujeres embarazadas y lactantes en el ámbito laboral. El Tribunal Supremo ha emitido una sentencia que declara la existencia de vulneración del derecho a la igualdad y sin duda va a ser una gran herramienta en nuestras manos sindicalistas para combatir este tipo de discriminación, ya que dicha sentencia declara la existencia de vulneración del derecho a la igualdad y no discriminación de la trabajadora.

    14/03/2017.

    La sentencia en cuestión da respuesta a una médica embarazada a la que se adapta su puesto de trabajo durante su embarazo y su periodo de lactancia cuando se incorpora a su puesto tras la baja maternal, en aplicación de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Según esta adaptación, deja de hacer y de cobrar guardias, con el consiguiente menoscabo en sus retribuciones, situación que ella denuncia como discriminación por razón de sexo. Aunque los Tribunales inferiores negaron su causa, el alto Tribunal ha reconocido su derecho a cobrar una media de las guardias que no trabajó ni cobró. Asimismo, le ha reconocido una indemnización por daños morales valorada en 6251 euros.
     
    El Tribunal Supremo ha emitido esta sentencia de unificación de doctrina, asentando definitivamente el criterio de que ninguna mujer, ni embarazada ni lactante, debe de sufrir menoscabo en sus retribuciones por causa de la protección de su salud, la del feto o la de la criatura lactante.
     
    Desde la FSS-CCOO felicitamos a la trabajadora y celebramos el posicionamiento del Tribunal Supremo, entendiendo que aunque tardío, es certero y nos va a ser muy útil en nuestra lucha por la igualdad. Asimismo, aprovechamos la ocasión para declarar una vez más que las mujeres, al traer hijos al mundo, están cumpliendo una función que trascendiendo del ámbito privado y es plenamente social, de ahí viene  la gran injusticia que supone que las madres sufran discriminación. 

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